PREGUNTAS FRECUENTES

1.¿Puedo solicitar la nacionalidad para mis hijos una vez obtenga la nacionalidad por condición sefardí?

Sí. Los hijos deben haber nacido en el extranjero (por fuera de Portugal) y la maternidad o paternidad debió de haberse establecido en la minoría de edad.

2.¿Puedo solicitar la nacionalidad para mi cónyuge o pareja permanente una vez obtenga la nacionalidad por condición sefardí?

Sí. Siempre que el matrimonio o la unión marital de hecho se encuentre vigente desde hace más de seis años. En caso de tener hijos en común es posible pedirla desde los tres años de matrimonio o unión marital.

3.¿Cuánto tiempo dura el proceso?

Depende enteramente de las entidades involucradas en cada fase del proceso. En el año 2021 se presentó un incremento en el número de solicitudes que ha extendido los tiempos de respuesta de la Comunidad Israelita de Lisboa y de la Conservatoria de Registros Centrales de Portugal. En términos generales, es un proceso que puede tardar más de dos años en finalizarse.

4.¿Cuáles son los riesgos del proceso?

El principal riesgo del proceso es un posible cambio normativo. Si la rama legislativa de Portugal aprueba una nueva legislación que altere o modifique la ley vigente afectando procesos en curso, o deroga la ley vigente antes de que el proceso finalice, el cliente puede perder el recurso invertido y perder la opción de solicitar su nacionalidad. Para que esto suceda debe existir primero un proyecto de ley, éste debe ser aprobado y posteriormente debe entrar en vigor antes de generar efectos en los procesos.


También es un riesgo del proceso el hecho que la Comunidad Israelita de Lisboa o la Comunidad Israelita de Oporto determine que las pruebas presentadas para probar la condición sefardí son insuficientes para expedir el certificado de origen sefardí. Esto no impide presentar la solicitud nuevamente pagando las tasas de cada entidad nuevamente.

5.¿En algún punto del proceso debo ir a Portugal?

No. Salvo que la norma sea modificada, el cliente no debe ir a Portugal durante el proceso ni una vez el proceso sea completado.

6.¿Qué medios probatorios se deben presentar para demostrar que se es descendiente de un judío de origen sefardí?

Habitualmente las pruebas se sustentan en documentos como: partidas eclesiásticas (bautismo, confirmación, matrimonio, defunción); testamentos, libros de genealogías, censos poblacionales, registros civiles, entre otros.

7.¿Mi apellido es apto para la solicitud de nacionalidad?

La ley no está destinada a otorgar la nacionalidad por tener algún apellido determinado. Cada solicitante debe probar que desciende de judíos de origen sefardí.

8.¿Debo pagar impuestos en Portugal una vez obtenga mi nacionalidad?

Es importante tener en cuenta que Colombia y Portugal tienen un acuerdo para evitar la doble tributación. Puede acceder a este acuerdo aquí.

Para consultar acuerdos para evitar la doble tributación suscritos entre Portugal y otros países (hay alrededor de 80 acuerdos firmados), o para obtener asesoría de tipo fiscal, recomendamos contactar a un asesor tributario de confianza.